Ingreso Mínimo Vital 2026: requisitos, cuantías y cómo solicitarlo
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la prestación de la Seguridad Social que garantiza un nivel mínimo de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad económica. En 2026 la renta garantizada para una persona sola es de 733,60 € al mes. En esta guía te explicamos quién puede pedirlo, cuánto se cobra según tu hogar y cómo se solicita.
Qué es el Ingreso Mínimo Vital
El IMV es una prestación no contributiva regulada por la Ley 19/2021. No depende de lo que hayas cotizado: funciona como una renta garantizada. La Seguridad Social calcula cuánto debería ingresar como mínimo tu hogar (tu «unidad de convivencia») y te paga la diferencia entre esa cantidad y los ingresos que ya tenéis.
Se cobra en 12 pagas, mientras se mantengan los requisitos, y está exento de IRPF. Además, quien lo recibe puede acceder a otras ayudas vinculadas, como el bono social eléctrico o la exención de copagos farmacéuticos.
Cuánto se cobra en 2026
La renta garantizada parte de 733,60 € al mes (8.803,20 € al año) para una persona que vive sola y aumenta un 30 % por cada persona adicional del hogar, sea adulta o menor, hasta un máximo del 220 %.
| Personas en el hogar | Porcentaje | Renta garantizada mensual |
|---|---|---|
| 1 adulto | 100 % | 733,60 € |
| 2 personas (por ejemplo, 1 adulto y 1 menor, o 2 adultos) | 130 % | 953,68 € |
| 3 personas | 160 % | 1.173,76 € |
| 4 personas | 190 % | 1.393,84 € |
| 5 o más personas | 220 % | 1.613,92 € |
A esta cuantía pueden sumarse complementos, por ejemplo cuando se trata de una familia monoparental o cuando en el hogar vive una persona con un grado de discapacidad elevado. La resolución de la Seguridad Social detalla qué complementos se aplican en cada caso.
Cómo se calcula lo que cobras
Lo que recibes no es necesariamente la renta garantizada completa, sino la diferencia entre esa renta y los ingresos computables de tu hogar. Para el cálculo se tienen en cuenta, con carácter general, los ingresos del año anterior.
Ejemplo: Laura vive sola y el año pasado tuvo unos ingresos de 3.600 € (300 € al mes de media). Su renta garantizada es de 733,60 € al mes. Le correspondería un IMV de unos 433,60 € al mes (733,60 € − 300 €).
El complemento de ayuda para la infancia
Los hogares con menores pueden recibir, además, el complemento de ayuda para la infancia (CAPI), una cantidad mensual por cada hijo o hija menor de 18 años:
| Edad del menor (a 1 de enero) | Cuantía mensual |
|---|---|
| Menos de 3 años | 115,00 € |
| De 3 a 5 años | 80,50 € |
| De 6 a 17 años | 57,50 € |
El CAPI no solo lo cobran quienes perciben el IMV: también pueden pedirlo familias con ingresos algo superiores, siempre que no superen los límites de renta y patrimonio fijados para este complemento. Tienes más detalle en nuestra guía de ayudas por hijo.
Requisitos para cobrar el IMV
1. Residencia legal en España
Debes haber residido en España de forma legal, continuada y efectiva durante al menos un año antes de presentar la solicitud. Este requisito es el mismo para personas españolas y extranjeras. Hay excepciones, por ejemplo para víctimas de violencia de género o de trata, y para menores que se incorporan al hogar por nacimiento o adopción.
2. Edad
Con carácter general, quien pide el IMV para sí mismo debe tener entre 23 y 65 años. Pueden solicitarlo desde los 18 años quienes tienen hijos o menores a cargo y otros colectivos protegidos, como las personas jóvenes que han estado bajo tutela. Las personas de 65 años o más pueden solicitarlo si no tienen derecho a una pensión. Si tienes menos de 30 años y vives solo, deberás acreditar además que has vivido de forma independiente durante un periodo mínimo.
3. Vulnerabilidad económica: ingresos
Los ingresos de tu hogar en el año anterior deben ser inferiores a la renta garantizada que os corresponde según la tabla anterior. Se computan, entre otros, los salarios, las pensiones, las prestaciones por desempleo y los rendimientos del patrimonio.
4. Vulnerabilidad económica: patrimonio
El patrimonio neto del hogar, sin contar la vivienda habitual, no puede superar el triple de la renta garantizada anual. Para una persona sola el límite en 2026 es de 26.409,60 €, y aumenta con cada miembro adicional del hogar. También existe un límite específico para el dinero en cuentas, depósitos y otros activos financieros.
5. Otras obligaciones
- Haber solicitado antes las pensiones y prestaciones a las que tengas derecho (por ejemplo, una prestación por desempleo).
- Estar inscrito como demandante de empleo, salvo excepciones (por ejemplo, si ya trabajas o tienes 65 años o más).
- Comunicar cualquier cambio de ingresos, domicilio o composición del hogar.
Importante: el IMV se revisa periódicamente con los datos de Hacienda. Si tus ingresos aumentan y no lo comunicas, la Seguridad Social puede reclamarte lo cobrado de más.
Cómo solicitar el IMV paso a paso
- Comprueba los requisitos con el simulador del Ministerio de Inclusión, que orienta sobre si podrías tener derecho.
- Reúne la documentación: DNI o NIE de todos los miembros, certificado de empadronamiento colectivo (y, si hace falta, histórico), libro de familia o documento equivalente y, en su caso, documentos que acrediten situaciones especiales (custodia, discapacidad, violencia de género).
- Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Seguridad Social, con o sin certificado digital, o con cita previa en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). También puede presentarse por correo administrativo.
- Espera la resolución: el plazo máximo para resolver es de seis meses. Si no recibes respuesta en ese plazo, la solicitud se entiende denegada y puedes presentar reclamación previa.
- Si te lo conceden, el pago se hace mensualmente en tu cuenta bancaria y produce efectos desde el día 1 del mes siguiente a la solicitud.
Solicitud y simulador oficiales
Compatibilidades
- Con el trabajo: sí es compatible. Tus ingresos laborales se tienen en cuenta para calcular la cuantía, por lo que el IMV puede reducirse, pero no se pierde automáticamente por empezar a trabajar.
- Con el subsidio por desempleo: pueden coexistir, pero el subsidio cuenta como ingreso del hogar. Consulta nuestra guía del subsidio por desempleo.
- Con ayudas autonómicas: la mayoría de rentas mínimas autonómicas se coordinan con el IMV y lo complementan.
- Con el bono social eléctrico: los hogares que cobran el IMV pueden acceder al bono social eléctrico.
Errores frecuentes que provocan denegaciones
- No empadronar correctamente a todos los miembros que viven en la vivienda, o empadronar a personas que no forman parte del hogar.
- No haber solicitado antes otra prestación a la que se tenía derecho.
- Calcular los ingresos con los del año en curso en lugar de los del año anterior.
- Tener saldos en cuentas por encima del límite de activos sin haberlo comprobado.
- No responder a los requerimientos de documentación dentro del plazo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra de IMV en 2026 si vivo solo?
La renta garantizada para una persona sola es de 733,60 € al mes. Lo que cobrarás es la diferencia entre esa cantidad y tus ingresos computables.
¿Puedo cobrar el IMV si trabajo?
Sí. Si los ingresos de tu hogar están por debajo de la renta garantizada, puedes cobrar la diferencia aunque trabajes a tiempo parcial o con un salario bajo.
¿Cuenta la vivienda en propiedad como patrimonio?
No. La vivienda habitual no se incluye en el cálculo del patrimonio. Sí cuentan otras viviendas, terrenos, ahorros e inversiones.
¿Cuánto tarda la Seguridad Social en resolver?
El plazo máximo legal es de seis meses. Si no hay respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo y puedes reclamar.
¿Qué hago si me lo deniegan?
Puedes presentar una reclamación previa ante la Seguridad Social en el plazo de 30 días desde la notificación y, si se mantiene la denegación, acudir al Juzgado de lo Social.
Fuentes oficiales
- Ley 19/2021, por la que se establece el ingreso mínimo vital (BOE)
- Seguridad Social: Ingreso Mínimo Vital
- Ministerio de Inclusión: cómo funciona el IMV
Revisado por Alejandro Pavón el 7 de octubre de 2026 con las fuentes indicadas. Información orientativa: la resolución de cada solicitud corresponde al organismo competente. ¿Has visto un dato desactualizado? Escríbenos a info@ecomax.site.
