Subsidio por desempleo 2026: requisitos, cuantías y duración tras la reforma
El subsidio por desempleo es la ayuda del SEPE para quienes han agotado el paro o no han cotizado lo suficiente para cobrarlo. Desde la reforma del Real Decreto-ley 2/2024, en vigor desde el 1 de noviembre de 2024, se cobra con una cuantía decreciente de 570 €, 540 € y 480 € al mes. Te explicamos quién puede pedirlo, cuánto dura y qué hacer cuando se te acaba el paro.
Qué es el subsidio por desempleo
La protección por desempleo tiene dos niveles. El nivel contributivo es la prestación por desempleo o «paro», que depende de lo cotizado. El nivel asistencial son los subsidios: una ayuda de cuantía fija para personas sin ingresos suficientes que cumplen alguna de las situaciones previstas en la ley.
Cuantía en 2026
La cuantía se calcula sobre el IPREM, que en 2026 es de 600 € mensuales. Tras la reforma, la mayoría de subsidios siguen una escala decreciente:
| Periodo | Porcentaje del IPREM | Cuantía mensual |
|---|---|---|
| Meses 1 a 6 | 95 % | 570 € |
| Meses 7 a 12 | 90 % | 540 € |
| Desde el mes 13 | 80 % | 480 € |
El subsidio para mayores de 52 años es una excepción: se cobra siempre al 80 % del IPREM (480 €) y tiene reglas propias. Otra novedad de la reforma es que, si trabajabas a tiempo parcial, el subsidio ya no se reduce en proporción a tu jornada anterior.
Quién puede cobrarlo
Puedes acceder al subsidio si estás desempleado, inscrito como demandante de empleo y te encuentras en alguna de estas situaciones:
- Haber agotado la prestación contributiva. Desde la reforma, también pueden acceder las personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares que hayan agotado una prestación de al menos 360 días.
- No tener cotización suficiente para el paro: haber cotizado al menos 90 días (o 180 días, según el caso) pero menos de los 360 días que exige la prestación contributiva.
- Tener 52 años o más y cumplir los requisitos del subsidio específico para este colectivo.
- Otras situaciones: personas emigrantes retornadas, liberadas de prisión, víctimas de violencia de género o sexual, o personas que han recuperado la capacidad de trabajar tras una incapacidad permanente revisada, entre otras.
Requisito de rentas
No debes tener rentas propias superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluidas las pagas extraordinarias: en 2026, 915,75 € al mes. Si alegas responsabilidades familiares, además, la suma de las rentas de tu unidad familiar dividida entre el número de miembros no puede superar ese mismo límite.
Acuerdo de actividad
Al solicitar el subsidio firmas un acuerdo de actividad con el servicio público de empleo, en el que te comprometes a buscar empleo activamente y a participar en las acciones de mejora de la empleabilidad que se te propongan.
Cuánto dura
La duración depende del tipo de subsidio, tu edad, si tienes responsabilidades familiares y la duración de la prestación agotada o los días cotizados:
- Por agotamiento de la prestación: entre 6 y 30 meses. Las personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares lo cobran 6 meses; con responsabilidades familiares y según la edad, el periodo puede alcanzar los 30 meses.
- Por cotización insuficiente: según los días cotizados y las cargas familiares, de unos meses hasta un máximo de 21 meses.
- Mayores de 52 años: hasta que puedas acceder a la pensión de jubilación.
La duración exacta figura en la resolución del SEPE. Si tienes dudas sobre tu caso, pide información en tu oficina antes de presentar la solicitud.
Plazo de solicitud: no dejes pasar los 15 días
Con la reforma desapareció el «mes de espera» que había que cumplir antes de pedir algunos subsidios, y el plazo para solicitarlo se amplió a 6 meses. Aun así, el momento importa:
- Si lo solicitas dentro de los 15 días hábiles siguientes a la situación que da derecho (por ejemplo, el agotamiento del paro), el subsidio se reconoce desde el día siguiente.
- Si lo solicitas más tarde, empieza a contar desde la fecha de la solicitud y pierdes los días intermedios.
Ejemplo: Marta tiene 38 años, no tiene responsabilidades familiares y agota un paro de 12 meses. Si pide el subsidio en los 15 días hábiles siguientes, cobrará 6 meses de subsidio a 570 € al mes, es decir, 3.420 € en total. Si tuviera hijos a cargo, el periodo sería más largo y, a partir del séptimo mes, la cuantía bajaría a 540 €.
Compatibilizar el subsidio con un trabajo
Si encuentras un empleo mientras cobras el subsidio, no lo pierdes de golpe: puedes recibir el Complemento de Apoyo al Empleo, una cantidad decreciente que se suma a tu sueldo durante un tiempo limitado. Debes comunicar al SEPE el nuevo contrato.
¿Y la Renta Activa de Inserción (RAI)?
La RAI se integró en el nuevo sistema de subsidios con la reforma. Desde el 1 de noviembre de 2024 no se admiten nuevas solicitudes. Quienes ya la tenían reconocida antes de esa fecha mantienen sus condiciones hasta agotar el derecho. Si hoy te encuentras en una situación que antes daba acceso a la RAI, la vía es el subsidio por desempleo o el Ingreso Mínimo Vital.
Qué hacer cuando se te acaba el paro
- Comprueba tus rentas: si tus ingresos (y, en su caso, los de tu familia) no superan 915,75 € al mes por persona, probablemente puedas pedir el subsidio.
- Solicítalo en los 15 días hábiles siguientes al agotamiento, en la sede electrónica del SEPE o con cita previa.
- Si tienes 52 años o más, valora el subsidio específico para tu edad, que cotiza para la jubilación.
- Si no tienes derecho a subsidio, revisa el Ingreso Mínimo Vital y las rentas mínimas de tu comunidad autónoma.
Solicitud oficial del subsidio
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra de subsidio por desempleo en 2026?
570 € al mes los seis primeros meses, 540 € del séptimo al duodécimo y 480 € a partir del mes 13. El subsidio para mayores de 52 años se cobra a 480 € desde el principio.
¿Hay que esperar un mes para pedirlo?
No. La reforma eliminó el mes de espera. Puedes solicitarlo desde el día siguiente a la situación que da derecho y tienes un plazo de 6 meses, aunque conviene hacerlo en los primeros 15 días hábiles.
¿Pueden cobrarlo los menores de 45 años sin hijos?
Sí, desde la reforma, siempre que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 360 días y cumplan el requisito de rentas. La duración es de 6 meses.
¿Cuentan los ingresos de mis padres o de mi pareja?
Para el requisito de rentas propias, no. Pero si alegas responsabilidades familiares, se tienen en cuenta las rentas de la unidad familiar.
¿El subsidio cotiza para la jubilación?
Durante el subsidio, el SEPE cotiza por jubilación en determinados supuestos, como el subsidio para mayores de 52 años. En los demás casos, consulta tu resolución.
Fuentes oficiales
- Real Decreto-ley 2/2024, de mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo (BOE)
- SEPE: la reforma del nivel asistencial entra en vigor el 1 de noviembre
- SEPE: prestaciones y subsidios por desempleo
Revisado por Alejandro Pavón el 7 de octubre de 2026 con las fuentes indicadas. Información orientativa: la resolución de cada solicitud corresponde al organismo competente. ¿Has visto un dato desactualizado? Escríbenos a info@ecomax.site.
