Prestación por nacimiento 2026: 19 semanas por progenitor al 100 % del sueldo
Desde la reforma del verano de 2025, cada progenitor tiene 19 semanas de permiso por nacimiento y cuidado de menor, y las familias monoparentales 32. Durante esas semanas no cobras de la empresa, sino de la Seguridad Social: una prestación igual al 100 % de tu base reguladora que, además, no paga IRPF. La parte difícil no es pedirla, sino organizar bien las semanas, porque algunas caducan al año y otras a los ocho años.
Cómo se reparten las semanas
El permiso es individual: cada progenitor tiene el suyo y no se puede ceder al otro. El artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores lo divide en tres bloques:
| Bloque | Por progenitor | Monoparental | Hasta cuándo |
|---|---|---|---|
| Obligatorio | 6 semanas | 6 semanas | Justo después del parto, seguidas y a jornada completa |
| Flexible | 11 semanas | 22 semanas | Hasta que el bebé cumpla 12 meses, por semanas sueltas o seguidas |
| Cuidado del menor | 2 semanas | 4 semanas | Hasta que el niño o la niña cumpla 8 años |
Las seis primeras semanas son obligatorias para los dos progenitores, no solo para la madre, y se disfrutan a la vez. Las once siguientes puedes cogerlas a continuación o repartirlas a lo largo del primer año, siempre por semanas completas. La madre biológica puede adelantar hasta cuatro de ellas antes de la fecha prevista del parto.
Las semanas flexibles y las de cuidado del menor también pueden disfrutarse a jornada parcial si la empresa está de acuerdo. Por ejemplo, once semanas al 50 % se convierten en veintidós semanas trabajando media jornada. En todos los casos hay que avisar a la empresa con al menos 15 días de antelación.
Las dos semanas nuevas hasta los 8 años
Es la novedad del Real Decreto-ley 9/2025. Son dos semanas pagadas que puedes reservar para cuando las necesites: una adaptación al colegio, una operación, unas vacaciones escolares sin campamento. Se aplican también a los niños nacidos o adoptados desde el 2 de agosto de 2024, y se pueden solicitar desde el 1 de enero de 2026.
Si tu hijo nació en 2024 o 2025 y ya agotaste el permiso de entonces, todavía tienes estas dos semanas pendientes. Es fácil que se olviden, así que apúntalo.
Monoparentalidad
Antes de la reforma, las familias con un único progenitor tenían las mismas 16 semanas que cualquier otro trabajador, lo que dejaba al bebé con la mitad de cuidado que en una familia con dos progenitores. El Tribunal Constitucional lo consideró discriminatorio en 2024 y la ley ahora concede 32 semanas: 6 obligatorias, 22 flexibles durante el primer año y 4 hasta los ocho años.
Cuándo se alargan las semanas
Hay situaciones en las que el permiso dura más. Si el bebé nace con una discapacidad, o si es un parto múltiple, se añade una semana para cada progenitor (dos en total) por la discapacidad y por cada hijo a partir del segundo. Con gemelos, por ejemplo, cada progenitor tiene 20 semanas en lugar de 19. Si hay un único progenitor, se queda con las ampliaciones completas.
Si el bebé nace prematuro o tiene que quedarse ingresado nada más nacer, el permiso puede empezar a contar desde el alta hospitalaria, salvo las seis semanas obligatorias de la madre, que corren desde el parto. Y si el ingreso dura más de siete días, el permiso se amplía tantos días como dure la hospitalización, con un máximo de 13 semanas más.
Si por desgracia el bebé fallece, el permiso no se reduce. Solo se acorta si, una vez pasadas las seis semanas obligatorias, el progenitor pide volver al trabajo. Y si fallece uno de los progenitores, el otro puede disfrutar la parte del permiso que quedaba por usar.
Cuánto se cobra
La prestación es el 100 % de la base reguladora. Para calcularla, la Seguridad Social toma tu base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio del permiso y la divide entre 30 si cobras un sueldo mensual. En la práctica, se parece mucho a tu sueldo bruto mensual con la parte proporcional de las pagas extra.
La paga directamente el INSS, normalmente a mes vencido. La empresa no adelanta nada, salvo que el convenio colectivo diga otra cosa. Del importe se descuenta la cotización a la Seguridad Social que corresponde al trabajador, pero no se retiene IRPF: la Ley del IRPF declara exentas estas prestaciones.
Javier cotiza por una base de 2.100 € al mes, pagas extra incluidas. Su prestación es de 70 € al día. En las 19 semanas (133 días) cobrará unos 9.310 € brutos, sin retención de IRPF. Por eso muchos trabajadores notan que en el permiso cobran algo más que en una nómina normal: no hay retención.
Si tu base de cotización es muy alta, ten en cuenta que existe un tope: la base máxima de cotización. Por encima de ese límite, lo que ganes no se refleja en la prestación.
Requisitos
Tienes que estar de alta en la Seguridad Social, o en una situación asimilada como el paro, al inicio de cada periodo de descanso. Esto vale también para los autónomos. Además, se exige una cotización mínima que depende de tu edad en la fecha del nacimiento:
| Edad | Cotización mínima |
|---|---|
| Menos de 21 años | No se exige |
| De 21 a 25 años | 90 días en los últimos 7 años, o 180 días en toda tu vida laboral |
| 26 años o más | 180 días en los últimos 7 años, o 360 días en toda tu vida laboral |
Si cobras el paro cuando nace tu hijo, el paro se suspende y pasas a cobrar la prestación por nacimiento. Al terminar, se reanuda el paro donde lo dejaste, sin perder días.
Si no llegas a la cotización mínima
Hay un subsidio no contributivo para quien cumple todos los requisitos salvo los días cotizados. Equivale al 100 % del IPREM, unos 20 € al día en 2026, y dura las seis semanas obligatorias (42 días). Se amplía 14 días más si eres familia numerosa o monoparental, si es un parto múltiple o si el progenitor o el bebé tienen una discapacidad de al menos el 65 %. Tras la reforma, pueden pedirlo los trabajadores de cualquier sexo.
Cómo organizar las semanas: un ejemplo práctico
Ana y Pablo trabajan los dos por cuenta ajena y su hija nace el 1 de marzo. La guardería no la admite hasta septiembre. Así podrían cubrir esos meses sin pedir excedencias:
- Del 1 de marzo al 11 de abril, los dos disfrutan juntos sus seis semanas obligatorias.
- Ana sigue con sus once semanas flexibles hasta finales de junio.
- Pablo empieza sus once semanas cuando Ana vuelve al trabajo y cubre julio, agosto y la primera quincena de septiembre.
- Cada uno guarda sus dos semanas de cuidado del menor para el futuro.
Con este reparto, la niña está en casa con uno de sus padres hasta mediados de septiembre. Si en vez de eso los dos toman todo el permiso a la vez, pasan juntos los primeros cuatro meses, pero luego hay que buscar otra solución hasta septiembre. No hay una opción mejor para todos; depende del trabajo de cada uno y de la ayuda familiar que tengáis.
Lo que puedes encadenar después
Al terminar el permiso tienes otros derechos que conviene conocer, aunque no todos están pagados:
El permiso de lactancia da una hora de ausencia al día hasta que el bebé cumple nueve meses. Puedes cambiarla por media hora menos de jornada o, si el convenio o la empresa lo permiten, acumularla en días completos, que suelen salir unas dos semanas. Si los dos progenitores reducen media hora su jornada entre los nueve y los doce meses, existe una prestación de la Seguridad Social que compensa ese tiempo.
La reducción de jornada por cuidado de un menor de 12 años permite trabajar entre un octavo y la mitad menos, con la reducción proporcional del sueldo. Durante los tres primeros años, la Seguridad Social computa tus cotizaciones como si trabajaras a jornada completa a efectos de jubilación y otras prestaciones.
La excedencia por cuidado de hijos puede durar hasta tres años y no se cobra, pero esos años cuentan como cotizados para la jubilación, la incapacidad o una futura prestación por nacimiento.
El permiso parental de hasta ocho semanas, regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, se puede usar hasta que el niño cumpla ocho años. A fecha de esta revisión la Seguridad Social no lo retribuye.
Cómo se solicita
- Comunica a tu empresa por escrito las fechas de las semanas flexibles y de cuidado del menor, con al menos 15 días de antelación.
- Solicita la prestación al INSS en la sede electrónica de la Seguridad Social, con o sin certificado digital, por correo o con cita previa en un CAISS. La empresa envía por su parte el certificado de cotizaciones.
- Aporta tu DNI o NIE y el certificado de nacimiento o el libro de familia. En las adopciones y acogimientos, la resolución judicial o administrativa. Muchas veces el nacimiento ya consta por vía electrónica desde el hospital y el registro civil.
- Pide la prestación al empezar el permiso. Si la solicitas tarde, solo se pagan tres meses de atrasos desde la fecha de la solicitud.
Si eres funcionario con mutualidad (MUFACE, ISFAS o MUGEJU), el permiso se rige por el Estatuto Básico del Empleado Público y lo sigue pagando tu administración como sueldo.
Solicitud oficial
Tu puesto está protegido
Un despido durante el permiso por nacimiento, o comunicado de forma que el preaviso acabe dentro del permiso, es nulo salvo que la empresa demuestre una causa que no tenga nada que ver con el embarazo o el permiso. Si te ocurre, tienes 20 días hábiles para reclamar; lo explicamos en la guía sobre indemnización por despido.
Además del permiso, revisa la deducción por maternidad, que puede cobrarse por adelantado a razón de 100 € al mes, el pago único de 1.000 € para familias numerosas o monoparentales y el resto de ayudas por hijo.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas semanas de permiso por nacimiento hay en 2026?
19 semanas por progenitor (6 obligatorias, 11 flexibles durante el primer año y 2 hasta los 8 años) y 32 en las familias monoparentales.
¿Se paga IRPF por la prestación por nacimiento?
No. Está exenta del IRPF, aunque se descuenta la cotización a la Seguridad Social del trabajador.
Mi hijo nació en 2025. ¿Tengo derecho a las dos semanas nuevas?
Sí, si nació o fue adoptado desde el 2 de agosto de 2024. Puedes pedirlas desde el 1 de enero de 2026 y usarlas hasta que cumpla ocho años.
¿Qué pasa si estoy cobrando el paro cuando nace mi hijo?
El paro se suspende, cobras la prestación por nacimiento y, cuando termina, el paro se reanuda sin perder los días que te quedaban.
¿Pueden los autónomos cobrarla?
Sí, con los mismos requisitos. Mientras disfrutan el permiso a jornada completa no pueden ejercer la actividad, porque trabajar durante el descanso suspende la prestación.
Fuentes oficiales
- Real Decreto-ley 9/2025, que amplía el permiso por nacimiento y cuidado de menor (BOE)
- Estatuto de los Trabajadores, artículos 37, 48 y 48 bis (BOE)
- Ley General de la Seguridad Social, artículos 177 a 185 y 237 (BOE)
- Seguridad Social: nacimiento y cuidado de menor
Revisado por Alejandro Pavón el 14 de octubre de 2026 con las fuentes indicadas. Información orientativa: la resolución de cada solicitud corresponde al organismo competente. ¿Has visto un dato desactualizado? Escríbenos a info@ecomax.site.
