Indemnización por despido 2026: cuánto te corresponde, finiquito y plazos para reclamar
Si acabas de recibir una carta de despido, hay un dato que importa más que cualquier otro: tienes 20 días hábiles para reclamar. Pasado ese plazo, el despido queda firme aunque fuera injusto. El resto, cuánto te corresponde y si te pagan bien el finiquito, se puede revisar con calma dentro de esos días. Esta guía explica cómo calcular la indemnización, qué tiene que incluir el finiquito y qué hacer paso a paso.
Lo que te corresponde según el tipo de despido
La indemnización depende de la causa del despido y, si lo reclamas, de cómo lo califique después el juez. Estas son las cuantías que fija el Estatuto de los Trabajadores:
| Tipo de extinción | Indemnización | Tope |
|---|---|---|
| Despido improcedente | 33 días de salario por año trabajado | 24 mensualidades |
| Despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, ineptitud o falta de adaptación | 20 días por año | 12 mensualidades |
| Despido colectivo (ERE) | 20 días por año como mínimo legal, mejorable en la negociación | 12 mensualidades |
| Fin de un contrato temporal | 12 días por año | Sin tope; no se aplica a contratos formativos ni de sustitución |
| Despido disciplinario declarado procedente | Nada | - |
| Despido nulo | Readmisión obligatoria y los salarios dejados de cobrar | - |
Los periodos de menos de un año se prorratean por meses. Si el juez declara el despido improcedente, la empresa tiene cinco días para elegir entre readmitirte, pagándote los salarios desde el despido hasta la sentencia, o pagarte la indemnización de 33 días por año. Si no elige nada, se entiende que te readmite.
Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012
La reforma laboral de 2012 rebajó la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año, pero no de forma retroactiva. Si tu contrato es anterior, se calcula en dos tramos: 45 días por año por el tiempo trabajado hasta el 12 de febrero de 2012 y 33 días por año desde esa fecha. El total no puede superar 720 días de salario, salvo que el primer tramo ya dé más, con un máximo de 42 mensualidades en cualquier caso. Para quien lleva muchos años en la misma empresa, la diferencia es grande.
Cómo calcularla
Necesitas dos datos: tu salario diario y tu antigüedad.
El salario diario es tu sueldo bruto anual, incluidas las pagas extra, los pluses fijos y el salario en especie, dividido entre 365. No es lo mismo que el neto que ves en la cuenta. La antigüedad se cuenta desde que entraste en la empresa, incluidos los contratos temporales encadenados sin interrupciones relevantes.
Sara gana 24.000 € brutos al año, unos 65,75 € al día, y lleva 4 años y 6 meses en la empresa. Si el despido es improcedente, le corresponden 65,75 × 33 × 4,5 = 9.763,88 €. Si es un despido objetivo, 65,75 × 20 × 4,5 = 5.917,50 €. La diferencia entre aceptar un despido objetivo y conseguir que se declare improcedente es de casi 3.850 €.
Otro ejemplo, con un contrato antiguo: Antonio entró en marzo de 2008 y le despiden en octubre de 2026 de forma improcedente, con un salario diario de 80 €. Hasta el 12 de febrero de 2012 trabajó casi 4 años, que a 45 días son unos 180 días de salario. Desde entonces lleva unos 14 años y 8 meses, que a 33 días son unos 484 días. En total, unos 664 días de salario, por debajo del tope de 720: alrededor de 53.000 €. Un cálculo exacto, con los meses prorrateados, conviene hacerlo con un graduado social o un sindicato.
El despido disciplinario: cuándo está justificado
Es el despido por un incumplimiento grave y culpable del trabajador, y no lleva indemnización si se declara procedente. La ley enumera las causas: faltas de asistencia o puntualidad repetidas e injustificadas, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas al empresario o a los compañeros, transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza, bajada continuada y voluntaria del rendimiento, embriaguez habitual o toxicomanía que afecte al trabajo, y acoso a compañeros o al empresario.
La carta debe contar los hechos concretos y la fecha de efectos. Una carta genérica, del tipo «por bajo rendimiento» sin más detalle, te deja indefenso y suele acabar en improcedencia. Muchas empresas usan el despido disciplinario aunque la causa real sea otra, porque no obliga a pagar nada en el momento; luego, en la conciliación, reconocen la improcedencia y pagan los 33 días. Por eso un despido disciplinario casi siempre merece una consulta antes de que pasen los 20 días.
El despido objetivo tiene requisitos de forma
Cuando la empresa despide por causas objetivas, la ley le exige tres cosas. Comunicártelo por escrito explicando la causa. Poner a tu disposición la indemnización de 20 días por año en el mismo momento en que te entrega la carta, salvo que alegue una causa económica que le impida pagarla y lo haga constar por escrito. Y darte un preaviso de 15 días o pagártelos. Durante ese preaviso tienes derecho a seis horas semanales de permiso retribuido para buscar empleo.
Si alguno de estos requisitos falla o la empresa no puede demostrar la causa, el despido puede declararse improcedente y la indemnización sube a 33 días por año. Por eso merece la pena revisar la carta con alguien que entienda de derecho laboral antes de dar nada por bueno.
Cuándo un despido es nulo
El despido es nulo cuando vulnera derechos fundamentales o discrimina. La ley considera nulos, salvo que la empresa demuestre una causa ajena, los despidos durante el embarazo, durante los permisos por nacimiento, adopción o lactancia, durante una reducción de jornada por cuidado de hijos o el permiso parental, y los de víctimas de violencia de género que ejercen sus derechos laborales. Desde la Ley 15/2022 de igualdad de trato, un despido motivado por una enfermedad también puede declararse nulo si se acredita la discriminación.
La consecuencia del despido nulo es la readmisión inmediata con todos los salarios que dejaste de cobrar. La empresa no puede elegir pagar una indemnización en su lugar.
Qué revisar en la carta de despido
Antes de firmar nada, comprueba cinco cosas. La fecha de efectos, porque desde ahí cuentan los plazos. Que la causa esté explicada con hechos concretos y fechas, no con frases genéricas. Si es un despido objetivo, que te ofrezcan la indemnización de 20 días por año en ese mismo momento, por transferencia o cheque, y que se respete el preaviso de 15 días o te lo paguen. Si eres representante de los trabajadores o estás afiliado a un sindicato y la empresa lo sabe, que se haya seguido el procedimiento especial de audiencia previa. Y que el cálculo de la indemnización use tu salario bruto real, con pagas extra y pluses.
El finiquito no es la indemnización
El finiquito es la liquidación de lo que la empresa te debe por el trabajo ya hecho, y se cobra en cualquier fin de contrato, también si te vas tú. Debe incluir los días trabajados del último mes que aún no hayas cobrado, las vacaciones generadas y no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extra si no las tienes prorrateadas, y cualquier cantidad pendiente como horas extra, comisiones o pluses.
Cuando te lo den, puedes firmar indicando «no conforme» junto a tu firma. Así reconoces que lo has recibido sin renunciar a reclamar. Las cantidades del finiquito que no te hayan pagado bien pueden reclamarse durante un año.
Paso a paso si te despiden
- Lee la carta con atención y anota la fecha de efectos del despido. Desde el día siguiente empiezan a contar los 20 días hábiles, sin sábados, domingos ni festivos.
- Firma la carta y el finiquito como «recibido, no conforme» si tienes cualquier duda.
- Pide el paro en los 15 días hábiles siguientes, aunque vayas a reclamar el despido. Cualquier despido, incluido el disciplinario, te deja en situación legal de desempleo. Inscríbete también como demandante de empleo.
- Consulta con un abogado laboralista, un graduado social o tu sindicato. Muchos sindicatos asesoran gratis a sus afiliados y algunos a cualquier trabajador en una primera consulta.
- Presenta la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación de tu comunidad autónoma. Su presentación suspende el plazo de 20 días.
- Acude al acto de conciliación. Muchos despidos se resuelven ahí con un acuerdo económico, a menudo reconociendo la improcedencia.
- Si no hay acuerdo, presenta la demanda ante el Juzgado de lo Social en los días que te queden del plazo.
Texto oficial del Estatuto de los Trabajadores
Si la empresa no paga: el FOGASA
Si la empresa es insolvente o está en concurso, el Fondo de Garantía Salarial paga una parte de lo que te deben. Para la indemnización, el límite es una anualidad, con un salario diario máximo del doble del salario mínimo interprofesional incluidas las pagas extra. Para los salarios pendientes, hasta 120 días con el mismo tope diario. Para cobrar del FOGASA necesitas una sentencia, un acta de conciliación o una resolución que reconozca la deuda, así que no dejes de reclamar aunque sepas que la empresa no tiene dinero.
Lo que pasa con Hacienda
La indemnización por despido está exenta del IRPF hasta la cuantía obligatoria que fija el Estatuto de los Trabajadores, con un máximo de 180.000 €. Lo que cobres por encima, por ejemplo en un acuerdo privado, tributa. Las cantidades pactadas en el acto de conciliación ante el servicio administrativo sí se consideran obligatorias a estos efectos, hasta el límite del despido improcedente. En los despidos objetivos y colectivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, está exento lo que no supere el importe del despido improcedente.
El finiquito, en cambio, sí tributa: es salario.
¿Va a cambiar la indemnización por despido?
El Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa ha considerado insuficiente la indemnización española por despido improcedente, y el Ministerio de Trabajo ha planteado una reforma para endurecerla. A fecha de esta revisión no está aprobada: siguen vigentes los 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades, y el Tribunal Supremo ha rechazado con carácter general conceder indemnizaciones adicionales a la legal. Si la ley cambia, actualizaremos esta guía.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde por despido improcedente en 2026?
33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012, 45 días por año.
¿Tengo paro si me despiden por un despido disciplinario?
Sí. Cualquier despido te deja en situación legal de desempleo, siempre que cumplas los requisitos de cotización.
¿Qué pasa si firmo la carta o el finiquito?
Firmar solo acredita que lo has recibido. Si no estás de acuerdo, añade «no conforme» junto a tu firma para conservar tu derecho a reclamar.
¿La indemnización paga IRPF?
No, hasta la cuantía obligatoria por ley y con un máximo de 180.000 €. Lo que supere ese mínimo legal tributa.
Fuentes oficiales
- Estatuto de los Trabajadores, artículos 33, 49, 53, 55, 56 y 59 y disposición transitoria undécima (BOE)
- Ley del IRPF, artículo 7.e: exención de las indemnizaciones por despido (BOE)
- Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación (BOE)
- SEPE: prestaciones por desempleo
Revisado por Alejandro Pavón el 14 de octubre de 2026 con las fuentes indicadas. Información orientativa: no sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista o de tu sindicato. ¿Has visto un dato desactualizado? Escríbenos a info@ecomax.site.
